Preguntas Frecuentes
Sí, el servicio es renovable mes a mes, por lo que cuando guste puedes darle de baja.
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No, antes de solicitar un permiso de trabajo cerrado (específico para un empleador), su empleador debe darle:
-Una copia de su contrato de trabajo u oferta laboral
-1 de los siguientes:
*Una copia de una evaluación de impacto del mercado laboral (LMIA)
*Una oferta de número de empleo (para trabajadores exentos de LMIA)
Si usted es independiente o freelance, los siguientes son ejemplos y alternativas que puede presentar:
- Registro de la empresa o alternativamente,
- Registro como independiente o alternativamente,
- Contratos de prestación de servicios con clientes o alternativamente,
- Cartas de clientes 2 o 3 dando atestación de que les ha prestado sus servicios.
Alguno de los anteriores documentos nos permitirá dar fe de sus ocupaciones como trabajador autónomo. De manera complementaria, pero no principal opcionalmente usted puede adicionar alguno de los siguientes, para afianzar la genuina de su negocio:
- Tarjetas de presentación como trabajador independiente -este documento por sí solo no tiene mucho peso para el oficial, idealmente debe ser acompañado por alguno de los mencionados anteriormente
Presencia Web: sitio web, facebook -este documento por sí solo no tiene mucho peso para el oficial, idealmente debe ser acompañado por alguno de los mencionados anteriormente-
Sí, solamente tiene que solicitarlo con un mínimo de 2 a 3 semanas de anticipación para que pueda llegarte a tu residencia sin ningún costo adicional.
No, nosotros no cobramos por administración, solo se cobrará si el college/universidad cobra por su registro, no es un monto dirigido a immiland, este dinero es utilizado al momento de realizar su registro y es lo cobra el college/universidad para la revisión de su documentación.
El derecho de sucesión varía según la provincia, pero en general regula la distribución de los bienes de una persona fallecida, ya sea mediante testamento o, en su ausencia, siguiendo las leyes de sucesión intestada.










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