Preguntas Frecuentes
No, debes tener tu permiso de estudio, visa de trabajo o el estatus permanente en Canadá para poder hacer apertura de tu cuenta.
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Al presentar documentos traducidos con fines de inmigración, es importante seguir las directrices proporcionadas por el Ministerio de Inmigración, Refugiados y Ciudadanía de Canadá (IRCC). He aquí algunas directrices generales:
- Incluya el documento original junto con su traducción.
- Asegúrese de que cada página traducida incluye una declaración firmada por el traductor o el servicio de traducción que certifique su exactitud e integridad.
- El traductor debe facilitar su nombre completo, declaración jurada y sellos.
- Si la traducción la ha realizado un traductor jurado o un miembro de una asociación reconocida, incluya información sobre su certificación o pertenencia.
- Es fundamental comprobar los requisitos específicos que establece el IRCC o consultar con un abogado o asesor de inmigración para asegurarse de que cumple todos los requisitos de traducción y documentación necesarios.
Puede presentar un recurso ante la Corte Federal para una revisión judicial si considera que la decisión fue injusta o hubo un error en el proceso.
Varios factores pueden influir en el tiempo de entrega de una traducción, incluida la longitud del texto, la complejidad del contenido, la disponibilidad de los traductores y la carga de trabajo actual. Para obtener una estimación más precisa, le recomendamos proporcionar detalles específicos sobre sus necesidades de traducción al solicitar un presupuesto.
El CRS (Comprehensive Ranking System) es una herramienta que usa el gobierno canadiense para clasificar a los candidatos del Express Entry. Evalúa factores como edad, educación, experiencia laboral, idioma y otros. Cuanto mayor sea tu puntaje, más posibilidades tienes de recibir una invitación para aplicar (ITA) a la residencia permanente.
No, antes de solicitar un permiso de trabajo cerrado (específico para un empleador), su empleador debe darle:
-Una copia de su contrato de trabajo u oferta laboral
-1 de los siguientes:
*Una copia de una evaluación de impacto del mercado laboral (LMIA)
*Una oferta de número de empleo (para trabajadores exentos de LMIA)










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